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Noticias año 2010

 

PROPONEN ESTACIONAR DEL LADO IZQUIERDO

 

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Un proyecto del diputado Abrevaya se encuentra en tratamiento en la Legislatura porteña en estos días en la Comisión de Tránsito y Transporte.

Dicho proyecto establece que se permite estacionar junto a la acera izquierda, durante las veinticuatro horas en las calles integrantes de la Red Vial Terciaria de más de 8 metros de ancho y que no formen parte de los recorridos y/o trayectos del transporte urbano de pasajeros. 

El Diputado Sergio Abrevaya explica que “en los barrios, donde no hay inconvenientes de tránsito y no se obstaculiza al transporte público, los vecinos tienen que poder estacionar en la acera izquierda de sus calles, en tanto que en aquellos lugares donde sí se producen congestionamientos e inconvenientes, allí es donde hay que aplicar la prohibición”. Esta explicación está relacionada con el proyecto de Ley que presentó en la Legislatura de la ciudad autónoma de Buenos Aires en el que se presentan cambios al Código de Tránsito y Transporte referidos a las reglas de estacionamiento porteños. 

Abrevaya  explica la necesidad de aprobación del proyecto presentado porque por un lado están los reclamos de los vecinos que históricamente estacionaban del lado izquierdo de la calzada como una costumbre ya aceptada y ahora se encuentran con las fotomultas que les han sacado en  repetidas situaciones. También en la actualidad se perciben reclamos de asociaciones civiles o de centros comerciales que “transmiten la necesidad de adaptar el uso de avenidas para el estacionamiento en la acera izquierda, en arterias de integrantes de la Red Vial primaria o bien de acceso directo al área central de la Ciudad” destacó el diputado de la Legislatura. 

Dicha presentación propone la prohibición general de estacionamiento de vehículos junto a ambas aceras los días hábiles entre las siete  y las veintiuna horas en las avenidas con doble sentido de circulación, con excepción de la Av. 9 de Julio, la Av. Perito Moreno y las calzadas centrales de las Avenidas Leandro N. Alem, Paseo Colón y Sáenz, en las cuales la prohibición rige todos los días durante las 24 horas. 

A continuación presentamos el proyecto de ley que está en tratamiento en la Legislatura para que saquemos nuestras propias apreciaciones:

 

PROYECTO DE LEY

Artículo 1°.-Modificase el Artículo 7.1.2. Normas Generales del Código de Tránsito y
Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por Ley Nº 2148
(B.O.C.B.A. Nº 2615 que quedará redactado de la siguiente forma:
7.1.2. Normas Generales.
"Establecense con carácter general las siguientes normas de estacionamiento para las
arterias de la Ciudad de Buenos Aires:
a. Prohibición general de estacionamiento de vehículos junto a ambas aceras los días
hábiles entre las siete (7) y las veintiuna (21) horas en las avenidas con doble sentido de circulación, con excepción de la Av. 9 de Julio, la Av. Perito Moreno y las calzadas
centrales de las Avenidas Leandro N. Alem, Paseo Colón y Sáenz, en las cuales la
prohibición rige todos los días durante las veinticuatro (24) horas.
b. Prohibición general de estacionamiento de vehículos junto a la acera izquierda los
días hábiles entre las siete (7) y las veintiuna (21) horas en avenidas con sentido único
de circulación.
c. Prohibición general de estacionamiento de vehículos junto a la acera izquierda todos
los días durante las veinticuatro (24) horas en calles con sentido único de circulación y
que formen parte de los recorridos y/o trayectos del transporte urbano de
pasajeros.
En el caso de calles o avenidas de doble sentido de circulación, ambas aceras se
consideran como acera derecha.
d. Permítase el estacionamiento junto a la acera izquierda durante las veinticuatro
(24) horas en las calles integrantes de la Red Vial Terciaria de más de ocho (8)
metros y que no formen parte de los recorridos y/o trayectos del transporte urbano
de pasajeros.
Art. 2º. Modificase el Artículo 7.1.16 Adecuación por demandas barriales del
Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
aprobado por Ley Nº 2148 que quedará redactado de la siguiente forma:
7.1.16. Adecuación por demandas barriales.
Se faculta a la Autoridad de Aplicación a permitir el estacionamiento junto a la
acera izquierda durante las 24 horas en calles de la Red Vial Terciaria de menos de
ocho (8) metros de ancho. Estas autorizaciones serán consideradas normas
particulares, siendo de aplicación lo normado en el artículo 7.1.12 del presente
Código.
Art. 3°.-Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.

FUNDAMENTOS.
La presente propuesta de modificación del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sancionado en la Ley 2148 se funda en la necesidad de ampliar las normas generales sobre estacionamiento en la Ciudad, incorporar al transporte público masivo en las disposiciones expresas y viabilizar un mejor uso de las arterias integrantes de la Red Vial Terciaria.
En cuanto a la ampliación de las normas generales se propone incorporar a los trayectos y recorridos del transporte público masivo por automotor como un condicionante para el establecimiento de las normas de estacionamiento; las políticas públicas de incentivo al uso de este medio masivo de transporte de las personas debe verse reflejado en las normas que regulan el estacionamiento en las arterias de Buenos Aires.
Si las trazas, trayectos o recorridos de las líneas de transporte no se privilegian o se
distinguen por el uso de estas, y se superponen usos del espacio público, se cae en la
contradicción de no generar las condiciones de dinamismo que el transito vehicular de
estas unidades de transporte de las personas requieren para generar ahorros de tiempo y mitigación de los efectos contaminantes del medio ambiente.
En los últimos tiempos se perciben reclamos de asociaciones civiles o de centros
comerciales que pregonan la necesidad de adaptar el uso de avenidas para el
estacionamiento en la acera izquierda, en arterias de integrantes de la Red Vial primaria o bien de acceso directo al área central de la Ciudad. Dichos reclamos si bien son plausibles de ser comprendidos y analizados no pueden ser menos importantes, que los reiterados reclamos de los vecinos y residentes de los barrios que ven restringidas las posibilidades de estacionar en arterias integrantes de la Red Vial Terciaria.
Es necesario incorporar al análisis para la adopción de normas generales sobre
estacionamiento, que el parque automotor se ha incrementado en forma notable en las
última década, tal cual lo refleja el aumento de patentamiento en la Ciudad; la evolución de los índices de construcción en edificios o unidades funcionales con o sin cocheras de guarda privados, desaparición de establecimientos destinados al alquiler de cocheras mensuales reconvertidos para destinos de edificación múltiple y aumento del ingreso de automóviles desde el área metropolitana.
En la Ciudad de Buenos Aires durante los últimos dos años se patentaron casi 230.000
autos, equivalentes a un auto cada 11 habitantes de la Ciudad y paradójicamente
disminuyen los espacios de guarda de coches para dar paso a destinos más rentables del uso de la tierra, donde estos se asientan, reconvirtiéndose en emprendimientos
residenciales o de oficinas que en muchos casos no llegan a igualar la cantidad de
cocheras con las de las unidades que se edifican, incrementando aún más el déficit
citado.

Ante esto, esta Legislatura ha sancionado leyes que habilitan al Poder Ejecutivo a licitar espacios subterráneos de estacionamiento, de orden vecinal y de carácter disuasorio que tiendan a mitigar este déficit de espacio disponible para el estacionamiento y la guarda de coches, lo cual supone una mejoría en el futuro mediato.
Pero este panorama se torna más complejo aún, cuando el Poder Ejecutivo impulsa los
sistemas de fotomultas en barrios alejados del centro y donde las dinámicas y los
comportamientos no agravan el flujo del tránsito, por no ser arterias centrales o de
vinculación, sino que son integrantes de la Red Vial Terciaria.
Sabido es, que el uso y las costumbres no pueden prevalecer sobre las normativas; sino que las normativas deben contemplar los mejores usos del espacio público atendiendo el interés colectivo, estableciendo normas generales basadas en la utilidad, la razonabilidad y la aplicabilidad.
Por todo lo expuesto, solicito la aprobación del presente proyecto.

 

Fte: Los Barrios Hablan, Estacione por su barrio
publicación 16 de enero de 2010 -8342

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