Historial de Noticias año 2015

2013 al 2008

la justicia ordenó al GCBA a hacer obras en el nudo 9 del complejo villa soldati

 

volver al índice >>

Según informó el website  online911.com.ar, la justicia hizo lugar a un amparo de los vecinos y ordenó al gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires realizar obras de mantenimiento en el nudo 9, que contienen a los edificios números 7, 12, 13 y 17 del complejo habitacional de Villa Soldati, en la comuna 8 porteña,  bajo apercibimiento de aplicar multas diarias en caso de no cumplir con la ejecución de los trabajos.

Tras el accidente fatal de un adolescente de 17 años, en el  que el 4 de septiembre cayó desde un sexto piso del nudo 10, al apoyarse en una baranda que estaba floja por falta de mantenimiento, surgió el recurso judicial de los vecinos y el fallo del magistrado.

Según informaron, el titular del juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario 3, Pablo Mántaras, ordenó realizar un informe sobre los riesgos de derrumbe, adoptar medidas de seguridad respecto de la instalación eléctrica y de gas natural, verificar el funcionamiento de ascensores, adecuar las instalaciones contra incendios, poner en condiciones las escaleras y barandas, y despejar la totalidad de los medios de salida de los edificios.

 El Complejo de Villa Soldati, que cuenta con 2300 departamentos, fue declarado en emergencia edilicia y ambiental en 2001, a través de la Ley 623, y se dispuso que el gobierno de la Ciudad debía ejecutar las obras para solucionar las fallas estructurales que presentaban los edificios. Los vecinos promovieron una acción de amparo en el año 2009 al ver que las obras no se ejecutaban especialmente en el edificio 14, nudo 10 –donde murió el adolescente– y en el edificio 18.

En la resolución firmada el 2 de octubre, el magistrado porteño ordenó que “en el término de cinco (5) días de notificada la presente decisión, acrediten en autos, haber realizado por intermedio de la Dirección General de Guardia y Auxilio de Emergencia del Ministerio de Justicia y Seguridad un informe sobre los riesgos de derrumbe que presentan los Edificios 07, 12, 13 y 17 del Nudo 09 bajo apercibimiento de aplicar astreintes de cinco mil pesos por cada día de retardo”.

En la sentencia, el juez valoró diversos informes presentados en el expediente un relevamiento general efectuado por un arquitecto, un informe de riesgo y peligrosidad realizado por un ingeniero especializado en seguridad e higiene y otro informe de la División Siniestros de la Superintendencia Federal de Bomberos de la Policía Federal.

El informe detalló el estado de deterioro de los edificios ya que no contaban con instalaciones contra incendio, acusaban una importante falta de mantenimiento en el interior del núcleo central de ascensores, mal estado de las escaleras y barandas, instalaciones de gas obsoletas y fuera de normativa (peligro de incendio y explosiones), rajaduras y desprendimientos de revestimientos exteriores de las fachadas (peligro de caída de materiales a la planta baja), y salas de tableros eléctricos en malas condiciones con cables y accesorios obsoletos y fuera de normativa (peligro de electrocución).

“De acuerdo con el contexto descripto, considero que habría quedado liminarmente acreditada la existencia de una omisión manifiestamente ilegítima, atribuible tanto al GCBA como al IVC, en el cumplimiento de sus obligaciones legales y contractuales vinculadas mantenimiento integral de los edificios correspondiente al Nudo Nº 09 del Complejo Habitacional del Barrio Soldati, de modo que éstos no presenten riesgos para la vida y la integridad física de sus habitantes”, sostuvo Mántaras en su fallo.

Finalmente, el magistrado señaló que “la normativa ya reseñada exige, para la procedencia de una medida como la aquí solicitada, la ‘no frustración del interés público’ (conf. artículo 15 de la Ley N° 2145)”, y consideró que “no se advierte que la concesión de la tutela cautelar pretendida pudiera ocasionar una frustración del interés público, ni que resulte idónea para afectar la prestación de un servicio público o perjudicar una función esencial de la Administración”.

La decisión judicial se dio luego que el pasado 4 de septiembre un chico de 14 años murió y otros dos adolescentes sufrieron graves heridas cuando cedió la baranda de la escalera del sexto piso de un complejo habitacional del barrio porteño de Villa Soldati.

 

 

Fte: online911.com.ar
Redacción / Edición: Libralato Romina
publicación: 17 de Octubre de 2015 - caracteres 4250

   

 

 

Propiedad Intelectual Nº5234710. Copyright © libralator 2002
e-mail: redaccion@libralator.com.ar
Editor: Libralato Romina - Pirán 5885 (Villa Urquiza) - Teléfono: 15-5121-8696